Enfermedades profesionales: ART, Comisión Médica SRT e indemnización

Si padecés una enfermedad profesional vinculada a tu trabajo, tenés derecho a reclamar prestaciones médicas y, si existen secuelas, una indemnización ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART). Te asesoramos durante todo el trámite administrativo y, si corresponde, en la instancia judicial.

¿Qué es una enfermedad profesional?

Una enfermedad profesional es aquella producida como consecuencia directa del trabajo, del ambiente laboral o de las tareas desarrolladas en forma habitual. Puede tratarse de patologías físicas o psíquicas que se manifiestan de manera progresiva.

Entre los casos frecuentes se encuentran lesiones osteoarticulares, enfermedades de columna, trastornos por movimientos repetitivos, hipoacusia, afecciones respiratorias, dermatológicas y otras patologías vinculadas a la actividad laboral.

¿Cómo te ayuda nuestro estudio?

  • Reclamo ante la ART: gestionamos el reclamo para que la aseguradora reconozca el carácter laboral de la enfermedad y abone las prestaciones que correspondan.
  • Tratamiento médico adecuado: exigimos que la ART brinde estudios, tratamientos y rehabilitación acordes a la patología.
  • Reconocimiento del origen laboral: trabajamos para que se reconozca formalmente la enfermedad como enfermedad profesional.

¿Cómo actuamos en los casos de enfermedad profesional?

  1. Análisis inicial del caso: realizamos una entrevista personalizada, sin cargo, para evaluar antecedentes laborales, tareas, síntomas y documentación médica.
  2. Telegramas laborales: cuando corresponde, redactamos y enviamos los telegramas necesarios a la ART para iniciar o encauzar el reclamo.
  3. Reclamo ante la SRT: iniciamos el trámite administrativo ante las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.

Los reclamos se realizan contra la ART y no contra el empleador. El objetivo es que el trabajador cobre su indemnización y reciba las prestaciones médicas que le corresponden, resguardando todos sus derechos.

Comisión Médica SRT y determinación de la incapacidad

En la Comisión Médica se evalúa si la enfermedad tiene origen laboral y, en su caso, se determina el porcentaje de incapacidad. En la práctica, los porcentajes otorgados suelen ser bajos o incluso nulos, aun cuando existan secuelas reales.

Frente a un dictamen desfavorable, se analiza si conviene aceptar la propuesta de la ART, impugnar el porcentaje o avanzar con otras vías de reclamo.

Juicio laboral en caso de desacuerdo

Si no hay acuerdo en sede administrativa, puede iniciarse una demanda laboral para reclamar la indemnización que corresponda según la incapacidad real.

En el proceso judicial suele producirse una pericia médica independiente. Aunque el juicio puede demorar, la conciliación con la ART es posible en cualquier etapa del expediente.

¿Querés que evaluemos si tu enfermedad puede considerarse profesional y qué corresponde reclamar?

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre accidente de trabajo y enfermedad profesional?

El accidente es un hecho súbito y violento. La enfermedad profesional suele desarrollarse de forma progresiva como consecuencia de las tareas o del ambiente laboral.

¿La ART puede rechazar una enfermedad profesional?

Sí. En ese caso, puede reclamarse el reconocimiento del carácter laboral ante la Comisión Médica SRT y, si corresponde, en sede judicial.

¿Qué pasa si me dan el alta médica pero sigo con síntomas?

Podés manifestar tu disconformidad y evaluar mecanismos de revisión del alta y determinación de incapacidad ante Comisión Médica.

¿Cuánto tarda un reclamo por enfermedad profesional?

Depende de la complejidad médica y del trámite. Puede haber instancias administrativas y, si es necesario, judiciales. Muchas causas se resuelven por acuerdo.

¿Puedo reclamar aunque siga trabajando?

En muchos casos sí. La viabilidad depende del tipo de enfermedad, la relación laboral y la estrategia del reclamo.